Las autoridades han emitido los líneamientos sanitarios para la reanudación de actividades, instrucciones generales en realidad. Se habla de horarios escalonados, que implica ello en líneas de producción, se exige realizar adecuaciones a los espacios de trabajo que permitan 1.5 metros de separación entre los trabajadores o la instalación de barreras físicas; ¿esto para el 1ro de Junio?, ¿que incentivos fiscales estarán en marcha para poder hacer esto rápido y con calidad?.
No soy un experto en derecho laboral, pero la Ley del Seguro Social en su articulado establece la obligatoriedad de presentar las metricas y mediciones del Riesgo Laboral; ¿es el contagio de COVID19 un riesgo laboral? ¿como se va a determinar si el contagio fue en el sitio de trabajo? ¿ que pasa si la exposición fue en el traslado? ¿o en el hogar?. Preguntas para las que, en este momento, no podría responder.
Sectores esenciales como la industria farmacéutica, y alguna empresas de la industtia alimentaria, según pude conversar con un experto en el área legal en el sector salud, cumplen con lineamientos en materia sanitaria que en muchas ocasiones están por arriba de la normatividad oficial aplicable, lo cual les representará un menor impacto y mantenimiento de tasas de riesgo bajas dentro de sus instalaciones; el riesgo verdadero está, entonces, fuera de estas. En sus trayectos o en sus actividades sociales.
Por otro lado, las empresas de sectores industriales (v.g. maquila automotriz y textil) de todos tamaños serán las que deban de tomar medidas más estrictas, algunas inclusive nuevas para estas, en un esfuerzo de mantener la siniestralidad por contagios de COVID19 lo más bajo posible.
Esto aunado a la disponibilidad dentro de la STPS, COFEPRIS e IMSS de personal calificado a nivel nacional para llevar a cabo la capacitación y verificación de las empresa se vuelve un reto mayúsculo por volver lo más pronto y de la forma más segura a la actividad.
No he visto mucho escrito respecto a la posición de las autoridades en esta materia, pero el impacto vendrá en 2021, cuando se evaluen las tasas de incidencia, siniestralidad y días de incapacidad sean incluidos en la fórmula (una de por si compleja), porque de estos calculos se harán para establecer el monto a pagar por las Primas de Riesgo Laboral que no incrementan de forma aritmética, el impacto será importante tanto si la plantilla laboral es grande como si se trata de una MiPyME que ya de por si va a verse afectada por la inactividad de la contingencia de 2020 y la baja en demanda de ciertos sectores.
Hoy más que nunca deberemos de ser muy estratégicos y mantener una visión de 360 grados.
Evidente como hemos visto en diversos casos, la materia jurídica a quedado relegada por los acontecimientos que vivimos en la actualidad, partiendo que de no contamos con los supuestos jurídicos que estamos viviendo por ello se crean muchas lagunas legales que pueden ser para bien o para mal, en estos momentos se vuelve muy importante del análisis y las propuestas de los expertos para regular las nuevas medidas a que se enfrentarán los patrones y trabajadores para reanudar sus actividades. Otro foco importante de análisis será también establecer una regulación para el Home Office, que serán cambios transcendentales en nuestra regulación laboral.
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