jueves, 7 de mayo de 2020

El Rol del Consejo de Salubridad General en tiempos del COVID19


Publicado originalmente el 17 de Marzo en LinkedIn


“Emitir disposiciones de carácter obligatorio en materia de Salubridad General en todo el país mediante la definición de prioridades, la expedición de acuerdos y la formulación de opiniones del Poder Ejecutivo Federal, para fortalecer la rectoría y la articulación del Sistema Nacional de Salud hacia el cabal cumplimiento del Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.” ( CSG: Misión )


Así, se define la MISIÓN del Consejo de Salubridad General, la segunda autoridad Sanitaria del país. No es un invento nuevo, formalmente el CSG se establece como figura constitucionalmente reconocida desde 1917, cuando se establece como entidad dependiente del propio presidente de la República conforme a lo descrito en el Artículo 73 en su fracción XVI. Y no es un Consejo que tenga el objeto de “aconsejar” u “opinar” en materia de salud pública en México, se trata de un Organismo Nacional con la facultad jurídica para emitir disposiciones y normas de observancia general y obligatorias en el país.

El Consejo de Salubridad General desde hace 103 años, ha tenido como función, colegiar la visión de los que en materia de salud pública es conveniente para mantener las condiciones de sanidad de este país.

Se le asocia de manera directa en la creación de lo que antes llamábamos Cuadros Básicos y Catálogos de Medicamento Intersectoriales, que ahora se agrupan en lo que esta administración ha dado en llamar Compendio. Antes existían 7 Cuadros Básicos y Catálogos de insumos para la salud y hoy estos son los “libros” que integran el Compendio. Materia de otro análisis.

Sin embargo, y en el entorno actual que enmarca la Pandemia declarada por la OMS del COVID-19 (SARS-CoV-2 según los más entendidos); el Consejo de Salubridad juega un rol determinante del que poco (o casi nada) hemos visto. El Consejo de Salubridad General, como se expuso anteriormente depende directamente del Presidente de la República Mexicana y en situaciones de emergencia está facultado para convocar por conducto de sus integrantes principales, el Secretario de Salud y el secretario del propio CSG, a los 13 Vocales Titulares de este, entre estos se incluyen a: el Srio. Hacienda y Crédito Público, la Sria. de Desarrollo Social, a la Sria. de Economía, a los titulares del IMSS y del ISSSTE, así como al Srío. De Educación Pública. Adicionalmente, los 22 Vocales Auxiliares, entre los que se encuentran varios Srios. de Salud estatales y los 7 invitados, entre los que se encuentra el representante de la OMS en México.

¿Por qué es relevante esto?

En una situación, que represente una potencial crisis o emergencia sanitaria en el país, es necesaria la visión integral de entidades, expertos y autoridades que de manera directa o indirecta pueden (y deben) emitir una opinión y/o recomendación informada con todos los ángulos de impacto relevantes a la situación en cuestión. Históricamente se ha visto a este Organismo integrado de manera Intersectorial (incluye incluso a la IP por conducto de CANIFARMA, AMIIF y la ANHP) y se han tomado decisiones tales como la importación de Oseltamivir para el caso de la epidemia de H1N1 de 2009.

Los protocolos de actuación en materia preventiva y de atención a condiciones de emergencia como lo puede resultar una enfermedad de las características del COVID19 deben de ser el resultado de una evaluación colegiada con tantos ángulos de riesgo e impacto como sean posible. Los criterios de abordaje epidemiológicos deben de ser la materia de expertos en la materia, así como la SEP deberá de establecer el actuar de las escuelas y los mecanismos para comunicar lo relevante en sus plataformas, la SHCP deberá de hacer las consideraciones presupuestales y, en su caso, hacer uso de los recursos que debieran estar en las reservas financieras del país.

Recién el pasado 14 de marzo, vimos una de las acciones conjuntas entre la Secretaría de Salud y la SEP que deberían de ser parte de un esfuerzo conjunto de todos los integrantes del CSG para abordar el tema del COVID19 en México. ¿Dónde quedan los protocolos sanitarios en aeropuertos y terminales en conjunto con la SCT? ¿Dónde queda la estrategia presupuestal de la SHCP respecto al uso del Fondo de Estabilización de los Ingresos Presupuestarios que debería de ser de utilidad para estos casos? ¿Dónde queda la comunicación unificada de todas las dependencias del Gobierno Federal? (v.g. el fallido comunicado de CONADE)

En conclusión, es necesario que el Presidente y el Subsecretario (en ausencia de la participación activa del Srio. de Salud) se den la oportunidad de contar con el apoyo de todos los actores que tienen algún nivel de injerencia en estas situaciones.

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